Con la expedición del Decreto 2487 de 2022 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció el calendario tributario de los impuestos creados en la Ley 2277 de 2022.

Mediante el Decreto 2487 de 2022 el Ministerio de Hacienda y Crédito complementó el calendario tributario indicando las fechas de vencimiento de los impuestos creados en la Ley 2277 de 2022, así:

Anticipo de la sobretasa para el Sector Financiero y para los generadores de energía eléctrica a través de recursos hídricos:

PRIMERA CUOTA (50%)
ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
110 de abril de 2023
211 de abril de 2023
312 de abril de 2023
413 de abril de 2023
514 de abril de 2023
617 de abril de 2023
718 de abril de 2023
819 de abril de 2023
920 de abril de 2023
021 de abril de 2023
SEGUNDA CUOTA (50%)
ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
17 de junio de 2023
28 de junio de 2023
39 de junio de 2023
413 de junio de 2023
514 de junio de 2023
615 de junio de 2023
716 de junio de 2023
820 de junio de 2023
921 de junio de 2023
022 de junio de 2023

Impuesto al Patrimonio:

DECLARACIÓN Y PRIMERA CUOTA (50%)
ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
19 de mayo de 2023
210 de mayo de 2023
311 de mayo de 2023
412 de mayo de 2023
515 de mayo de 2023
616 de mayo de 2023
717 de mayo de 2023
818 de mayo de 2023
919 de mayo de 2023
023 de mayo de 2023
SEGUNDA CUOTA (50%)
ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
17 de septiembre de 2023
28 de septiembre de 2023
311 de septiembre de 2023
412 de septiembre de 2023
513 de septiembre de 2023
614 de septiembre de 2023
715 de septiembre de 2023
818 de septiembre de 2023
919 de septiembre de 2023
020 de septiembre de 2023

Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso

ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
1 y 219 de febrero de 2024
3 y 420 de febrero de 2024
5 y 621 de febrero de 2024
7 y 822 de febrero de 2024
9 y 023 de febrero de 2024

Impuesto Bebidas Utraprocesadas (Sexto Bimestre 2023)

ÚLTIMO DÍGITO DEL NITHASTA EL DÍA
110 de enero de 2024
211 de enero de 2024
312 de enero de 2024
415 de enero de 2024
516 de enero de 2024
617 de enero de 2024
718 de enero de 2024
819 de enero de 2024
922 de enero de 2024
023 de enero de 2024

Finalmente se resaltan dos presiones que hace el Decreto:

La primera, en relación con la obligación de presentar la Declaración de Activos en el Exterior, que solo aplicará cuando el valor patrimonial neto de los activos a declarar sea superior a 2.000 UVTs.

La segunda, en relación con los plazos para la actualización del registro web y presentación de la memoria económica del Régimen Tributario Especial, cuya fecha límite quedó fijada para el 30 de junio de 2023. Se precisa que la memoria económica la deben reportar los inscritos en el RTE que por el año gravable 2022 hubieren obtenido ingresos superiores a 160.000 UVTs.

Elaborado por:

El equipo profesional y contable del Grupo Alza S.A.S

LEY 2277 DE 2022

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